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Resolución General - AFIP - 3420

Impuesto a las Ganancias. Bienes personales. Consumos efectuados en moneda extranjera a través de tarjetas de crédito, débito y/o de compra. Devolución de los montos percibidos para sujetos residentes en el país no contribuyentes del impuesto a las ganancias o bienes personales.

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